Publicada nota informativa relativa a la entrada en vigor de los diferentes apartados del nuevo Real Decreto 487/2022.

Publicado el Real Decreto 614/2024: Actualización para la Prevención de la Legionelosis

El 3 de julio de 2024, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 614/2024, que modifica el anterior Real Decreto 487/2022 relacionado con la prevención y control de la legionelosis. Este cambio busca principalmente aumentar la seguridad y optimizar la gestión de las instalaciones que emplean agua y generan aerosoles, con el propósito de reducir el riesgo de contagio de legionelosis.

Principales Cambios en la Normativa

  1. Nuevo concepto de «Titular de la Instalación»:

– Ahora se considera titular tanto al propietario como al explotador de la instalación, aumentando la responsabilidad de cumplir con la normativa.

  1. Responsabilidad en la Operación de Instalaciones:

– Si una entidad distinta al propietario opera en la instalación, será responsable del cumplimiento, salvo una prueba documental que demuestre lo contrario.

  1. Toma de Muestras:

– Las muestras de Legionella deben ser tomadas solo por entidades acreditadas según la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025:2017. Hay un periodo de adaptación hasta el 1 de enero de 2030 para que las entidades puedan acreditarse.

  1. Planes Sanitarios Frente a Legionella (PSL):

– La obligación de acreditación se extiende también a los PSL.

  1. Comunicación de Resultados:

– Los resultados de análisis en edificios prioritarios deben ser reportados al Sistema Nacional de Aguas de Consumo (SINAC).

  1. Número de Muestras:

– En establecimientos con alojamiento de personas, los puntos terminales de cada habitación se pueden contar como uno.

  1. Tratamientos de Limpieza y Desinfección:

– Solo se vaciarán los vasos y circuitos de agua si es absolutamente necesario en caso de brotes.

  1. Medidas para Torres de Refrigeración:

– Las acciones dependerán de los resultados de los análisis de Legionella spp.

  1. Revisión de Depósitos de Agua Caliente:

– No será obligatorio abrir y vaciar los depósitos en cada revisión trimestral, però si revisarlos.

  1. Verificación de Sistemas Físicos:

– Las verificaciones periódicas no deben suponer riesgos para la instalación ni para la salud de los trabajadores.

  1. Registro de Limpieza y Desinfección:

– Debe incluir niveles de temperatura y desinfectante en los puntos más alejados de la red.

  1. Actualización de Planes y Programas:

– Los titulares deben actualizar sus planes antes del 1 de julio de 2025.

  1. Frecuencia Mínima de Muestreo:

– Se actualiza la tabla 3 de frecuencia mínima para la toma de muestras de agua.

Es importante destacar que estos cambios ya estaban previstos en el borrador de la norma publicado y que desde M3E2  llevamos tiempo ayudando a nuestros clientes a adaptarse para cumplir con estos criterios.

Para consultar la norma actualizada:

BOE-A-2024-13422

BOE-A-2022-10297-consolidado